A continuación, se describen a detalle las
modalidades más comunes de factoraje realizadas a la fecha, por bancos y
SOFOMES, que surgen de las posibles combinaciones explicadas en la clasificación de las
operaciones de Factoraje Financiero:
A. FACTORAJE A
CLIENTES CON
RECURSO COBRANZA
DIRECTA
La modalidad que describimos a continuación tiene las siguientes características:
• Estructurado a partir de la relación que establece inicialmente un factor con un proveedor.
• Con responsabilidad solidaria del proveedor (con recurso).
• Cobranza directa.
• Con notificación.
• Intereses cobrados por anticipado al proveedor.
• Doméstico
Descripción
Formalización
En este contrato se pactan, entre otros:
• El monto de la línea.
• Las condiciones para la cesión de derechos de cobro presentes y
futuros.
• Las obligaciones del factor respecto a la prestación del servicio.
• Las condiciones financieras de la operación.
• Las condiciones al momento de la cobranza.
• La obligación solidaria del proveedor con respecto a la cesión de
derechos.
Operación
El proveedor cede al factor la cartera. El factor
lleva a cabo la validación de las cuentas por cobrar, contacta al comprador para confirmar que las cuentas son válidas. En el caso de que la cartera
esté documentada en facturas (CFDIs), el factor también llevará a cabo
una validación de las CFDIs ante el SAT, para saber si están vigentes y no son facturas apócrifas. Una vez validadas, el factor incorpora las cuentas a su sistema de
cartera. Se realiza el cálculo del importe a depositar
al proveedor. A continuación, presentamos un
ejemplo de dicho cálculo:
Cobranza
- Previos recordatorios de cobranza,
el factor recibe por parte del comprador el importe correspondiente a la recuperación de la
cartera notificada.
- El factor procede a reembolsar el monto remanente al
proveedor, equivalente al aforo menos los posibles descuentos, bonificaciones o devoluciones aplicadas por el comprador.
- También puede ser que el comprador lleve a
cabo descuentos por un importe superior al
aforo, de manera que, tratándose de Factoraje
con Recurso, el factor informará al proveedor
para que éste último le pague la diferencia.
- En caso extremo de que el comprador no realice el pago al Factor, el proveedor estaría obligado a liquidar el total de lo financiado.
- En caso de un
atraso en el pago de las cuentas por cobrar, el
proveedor también está obligado al pago de
los intereses por el plazo que transcurra desde el vencimiento hasta el día en que efectivamente se realice la cobranza.
- Dependiendo
de lo pactado con el factor, puede ser que estos
intereses sean calculados con una tasa moratoria, en vez de una tasa ordinaria. La tasa
moratoria que por lo general se pacta en estos
contratos se calcula multiplicando por 2 (dos)
la tasa ordinaria.

B. FACTORAJE A
CLIENTES SIN
RECURSO CON
COBRANZA DIRECTA
Esta variante es poco utilizada por el riesgo
que representa, por lo que se otorga de manera excepcional a proveedores AAA. La diferencia en principio es que el factor no tiene la
posibilidad de regresar con el proveedor para
recuperar la cartera, en caso de que el comprador no pague al vencimiento parcial o totalmente. Adicionalmente, en esta operación la cartera
que se está tomando tiene un peso muy importante, por lo que el análisis detallado de los
compradores es muy relevante.
El beneficio adicional para el proveedor es
que ya no tiene la responsabilidad de pago,
por lo que puede reconocer contablemente
la cancelación de la cuenta por cobrar y llevar el importe recuperado directamente a la
cuenta de bancos. Es decir, ya no es necesario
registrar lo financiado por medio de factoraje
en cuentas de orden, porque ya que no existe
contingencia para él.
C. FACTORAJE A CLIENTES CON RECURSO CON COBRANZA DELEGADA
La modalidad que vamos a describir a continuación tiene las siguientes características:
• Estructurado a partir de la relación que establece inicialmente un factor con un proveedor.
• Con responsabilidad solidaria del proveedor.
• Cobranza delegada, es decir, la realizará el proveedor.
• Sin notificación.
• Intereses cobrados por anticipado al proveedor.
• Doméstico.
Descripción
Al igual que la modalidad anteriormente descrita, esta operación se estructura a partir de la necesidad que una empresa proveedora tiene de contar con capital de trabajo y el apoyo de una empresa de factoraje para que le dé financiamiento sobre la cartera de clientes con que cuenta.

Formalización
Una vez autorizada la línea al proveedor, el factor procede a firmar un contrato de Factoraje con Recurso con cobranza delegada. La estructura legal de la operación será la siguiente:
En este contrato se pactan, entre otros:
• El monto de la línea.
• Las condiciones para la cesión de derechos de cobro presentes y futuros.
• Las obligaciones del factor respecto a la prestación del servicio.
• Las condiciones financieras de la operación.
Operación
En caso de así haberlo pactado, previo a la realización de cualquier operación, el proveedor deberá haber firmado su contrato para el
establecimiento de una cuenta concentradora donde apoderados del factor tengan la posibilidad de retirar recursos para realizar la cobranza de lo financiado.
Al igual que en el Factoraje con Cobranza Directa, se realiza el cálculo del importe a depositar al proveedor. El cálculo es exactamente igual que en el ejemplo anterior:
El proveedor recibe su anticipo, así como los CFDIs correspondientes a los intereses y a la comisión cobrada más IVA. Estos intereses y la comisión son deducibles de impuestos. Puede ser que, dado que no hay acciones de cobranza, el factor convenga en no cobrar comisión, sino únicamente cobrar intereses por el financiamiento.
En resumen, la operación consiste en lo siguiente:
Cobranza
La cobranza es realizada por el proveedor, de manera que el factor no lleva a cabo ninguna gestión de recuperación con el comprador. En caso de que se haya pactado el establecimiento de la cuenta concentradora, el factor está pendiente de recibir recursos al vencimiento, tomarlos y llevar a cabo la aplicación correspondiente.
El factor lleva a cabo la aplicación de lo financiado y procede a reembolsar el monto remanente al proveedor, correspondiente al aforo menos los posibles descuentos, bonificaciones o devoluciones aplicadas por el comprador.
Al igual que en la modalidad anterior, dado que los intereses se cobraron por anticipado por el plazo esperado de cobranza, en caso de un atraso en el pago de las cuentas por cobrar, el proveedor también está obligado al pago de los intereses por el pago que transcurrió desde el vencimiento y hasta el día en que se realice la recuperación de la cuenta concentradora.

En caso de que no se establezca la cuenta concentradora, el proveedor deberá pagar al vencimiento y si tiene atraso, deberá pagar los intereses moratorios correspondientes.
Beneficios del modelo

D. FACTORAJE A PROVEEDORES CON TÍTULO DE CRÉDITO
La modalidad que describimos a continuación tiene las siguientes características:
• Estructurado a partir de la relación que establece inicialmente un factor con un comprador.
• Sin recurso.
• Cobranza directa.
• Con notificación.
• Intereses cobrados por anticipado al proveedor.
• Doméstico.
Descripción
Operación que se promueve con grandes compradores, normalmente empresas corporativas con calificaciones AAA o bien empresas grandes con una buena calidad crediticia.
El factor explica al comprador los beneficios que puede obtener al dotar de financiamiento a un costo muy accesible a sus proveedores, ya que, a cambio de darles la posibilidad de contar con financiamiento a un costo muy accesible, el proveedor puede darle más plazo al comprador para pagarle sus compromisos. Este plazo adicional que tiene el comprador representa capital de trabajo sin costo.
Aunque hoy en día, la gran mayoría de los compradores que acceden operar bajo esta modalidad, lo hacen en plataformas electrónicas, pueden operarlo de forma documental mediante la emisión de títulos de crédito, ya sean letras de cambio o pagarés a favor de sus proveedores. En este caso, la cesión de los títulos de crédito se hace a través del endoso. La operación se estructura de la siguiente manera:

Formalización
Una vez autorizada la línea de riesgo de contraparte al comprador, el factor puede requerir firmar un contrato. Sin embargo, es muy importante señalar que para el comprador no sería conveniente firmar contrato alguno, ya que esto podría representarle un pasivo financiero. En tales casos, se llega a considerar incluso que el contrato corresponde a una línea de crédito, cuando en realidad se trata de una línea de riesgo calificada para que, al amparo de la misma, se puedan descontar los títulos de crédito a su cargo.
La estructura legal de la operación será la siguiente:
Operación
Una vez calificada la línea de riesgo de contraparte a favor del comprador y recibidos los paquetes legales por parte de los proveedores, así como las tarjetas de firmas, la operación es en realidad muy sencilla, ya que básicamente se valida el título de crédito y se revisa la firma del endoso.
Igualmente, a partir de lo registrado en el sistema, se procede a hacer la notificación al comprador:
El cálculo de los intereses es igual que en las anteriores modalidades y, normalmente, no se cobra comisión. A continuación, se presenta un ejemplo del importe por depositar al proveedor
El proveedor recibe su anticipo, así como el CFDIs correspondientes a los intereses. Estos intereses son deducibles de impuestos.
Cobranza
El proceso de cobranza es realmente muy simple, dado que se trata de títulos de crédito, de manera que lo cobrado corresponde siempre al importe financiado. En virtud de que no hubo un aforo de inicio, tampoco es necesario controlar las posibles minusvalías de la cartera ni administrar reembolsos a favor del proveedor.
El flujo de la cobranza es el siguiente:
Beneficios del modelo
Fuente:
González, F. (2018). FACTORAJE FINANCIERO. Vende a crédito y cobra de contado. Recuperado de https://www.bancomext.com/wp-content/uploads/2018/12/Factoraje_Libro_digital.pdf
E. FACTORAJE A PROVEEDORES EN PLATAFORMA ELECTRÓNICA
En el mercado mexicano se han desarrollado diferentes esquemas para la implementación de esta modalidad:
Existe un tercer esquema en el cual se explicará el funcionamiento y como se desarrolla.
Este esquema requiere de la
firma de diversos contratos con la finalidad de establecer los compromisos
entre las partes. La estructura legal de operación es la siguiente:
+El primer contrato es entre la
plataforma y el factor, ya que desde un inicio ambos están listos para
incorporar compradores y proveedores al esquema.
+La firma del contrato entre la
plataforma y el comprador se da una vez que la línea fue calificada por un
factor, ya que, sin tener una línea de riesgo de contraparte, el esquema no
podría implementarse.
+La firma del proveedor con la plataforma y con el factor
requiere de un proceso conocido como afiliación
Proceso previo a la Operación
- Una
vez firmados los contratos y recibidas las claves y contraseñas, la plataforma
capacita a los usuarios para que puedan realizar las actividades correspondientes
a su rol.
- El comprador, por ejemplo, debe estar listo para publicar las cuentas
por pagar y recibir las notificaciones en sus sistemas operativos, con la
finalidad de redireccionar los pagos.
- El factor debe saber cómo aceptar la
cesión de los documentos y descargar sus archivos para incorporarlos a sus
sistemas operativos.
- Los proveedores necesitan saber cómo revisar sus cuentas
por cobrar y elegir las que requieren, aunque esto es realmente muy sencillo de
realiza.
Operación y Cobranza
La operación es 100% electrónica en la plataforma al igual que la cobranza, por lo que se explican de manera conjunta. Se realiza de la siguiente manera.
Principales Beneficios
F. FACTORAJE INTERNACIONAL.
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